Artículo 35. Parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mísmo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre.
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Código Civil
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Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.
Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)
Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.