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Colombian Civil Code — obligations, contracts, property, succession, and family.

Official sourceDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 1154 · Article 1154 — Siempre que haya de llevarse a efecto la cláusula resolutoria, se entregará a la persona en cuyo …

Art. 1154

Article 1154 — Siempre que haya de llevarse a efecto la cláusula resolutoria, se entregará a la persona en cuyo …

Artículo 1154. Siempre que haya de llevarse a efecto la cláusula resolutoria, se entregará a la persona en cuyo favor se ha constituido el modo, una suma proporcionada al objeto, i el resto del valor de la cosa asignada acrecerá a la herencia, si el testador no hubiere ordenado otra cosa.

El asignatario a quien se ha impuesto el modo no gozará del beneficio que pudiera resultarle de la disposición precedente.

CAPÍTULO 5.º

de las asignaciones a título universal

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