Art. 1227
Article 1227 — Los alimentos que el difunto ha debido por ley a ciertas personas, gravan la masa hereditaria, mé…
Artículo 1227. Los alimentos que el difunto ha debido por ley a ciertas personas, gravan la masa hereditaria, ménos cuando el testador haya impuesto esa obligación a uno o más partícipes de la sucesión.
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