Art. 196
Article 196 — : Conforme a la sentencia 379 de 1998 este artículo fue derogado tácitamente por la Ley 28 de 1932
ArtÍculo 196: Conforme a la sentencia 379 de 1998 este artículo fue derogado tácitamente por la Ley 28 de 1932.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]
CAPITULO 3.º
excepciones relativas a la simple separacion de bienes
Art. 197. Simple separación de bienes es la que se efectúa sin divorcio, en virtud de decreto judicial o por disposición de la ley.
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