Skip to content

10:59 PM

USD/COP 3,249

EUR/COP 3,715

LuqueLaw
All norms
ProceduralCode

General Code of Procedure

General procedural rules — claims, evidence, appeals, and enforcement.

Official sourceLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 32 · Article 32 — Competencia de las salas de familia de los tribunales superiores

Art. 32

Article 32 — Competencia de las salas de familia de los tribunales superiores

Artículo 32. Competencia de las salas de familia de los tribunales superiores. Los tribunales superiores de distrito judicial conocen, en sala de familia:

1. De la segunda instancia de los procesos que se tramiten en primera instancia ante los jueces de familia y civiles del circuito en asuntos de familia.

2. Del recurso de queja contra los autos que nieguen apelaciones de providencias dictadas por los jueces de familia.

3. Del recurso de revisión contra las sentencias dictadas en asuntos de familia por los jueces de familia y civiles.

4. Del levantamiento de la reserva de las diligencias administrativas o judiciales de adopción.

5. De las peticiones de cambio de radicación de un proceso o actuación de familia, que implique su remisión al interior de un mismo distrito judicial, de conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 30.

6. De los demás asuntos de familia que en segunda instancia le asigne la ley.

Parágrafo. El Procurador General de la Nación o el Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado también están legitimados para solicitar el cambio de radicación previsto en el numeral 5.

Annotations require a Professional plan.

View plans

For reference only. Colombian law changes; confirm the current official text before acting.

Article 32 — Competencia de las salas de familia de los tribunales superiores · General Code of Procedure · Luque Law