Skip to content

5:58 PM

USD/COP 3,249

EUR/COP 3,715

LuqueLaw
All norms
ConstitutionalConstitution

Political Constitution of Colombia (1991)

Constitutional reference text — browse by titles, chapters, and articles.

Official sourceConstitución Política de Colombia (1991)

Art. 211 · Article 211 — La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, d…

Art. 211

Article 211 — La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, d…

Artículo 211. La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

La ley establecerá los recursos que se pueden interponer contra los actos de los delegatarios.

CAPITULO 6

DE LOS ESTADOS DE EXCEPCION

Annotations require a Professional plan.

View plans

For reference only. Colombian law changes; confirm the current official text before acting.

Article 211 — La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, d… · Political Constitution of Colombia (1991) · Luque Law