Art. 248
Article 248 — Unicamente las condenas proferidas en sentencias judiciales en forma definitiva tienen la calidad…
Artículo 248. Unicamente las condenas proferidas en sentencias judiciales en forma definitiva tienen la calidad de antecedentes penales y contravencionales en todos los órdenes legales.
CAPITULO 6
DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION
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