Texto original del Estatuto Tributario con los valores absolutos establecidos para el año 2006 por el Decreto 44715 de 2005: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de $201.000. Texto original del Estatuto Tributario con los valores absolutos establecidos para el año 2005 por el Decreto 4344 de 2004: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de $191.000. Texto original del Estatuto Tributario con los valores absolutos establecidos para el año 2004 por el Decreto 3804 de 2003: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de 180.000. Texto original del Estatuto Tributario con los valores absolutos establecidos para el año 2003 por el Decreto 3257 de 2002: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de 170.000 Texto original del Estatuto Tributario con los valores absolutos establecidos para el año 2002 por el Decreto 2794 de 2001: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de $160.000. Texto original del Estatuto Tributario, con los valores absolutos establecidos para el año 2001, por el Decreto 2661 de 2000: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de $150.000. Texto original del Estatuto Tributario, con los valores absolutos establecidos para el año 2000, por el Decreto 2587 de 1999: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de $130.000. Texto original del Estatuto Tributario: <INCISO 1> El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de diez mil pesos ($10.000). (Valor año base 1.987) |