Art. 525
Artículo 525 — Trámite
Artículo 525. Trámite. Los asuntos mencionados en el artículo anterior se tramitarán conforme a las reglas generales del proceso verbal.
Las anotaciones requieren plan Profesional.
Ver planesMedellín · mar, 21 de jul9:44 a. m.
9:44 a. m.
USD/COP 3.257
EUR/COP 3.724
Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.
Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)
→ Art. 525 · Artículo 525 — Trámite
Art. 525
Artículo 525. Trámite. Los asuntos mencionados en el artículo anterior se tramitarán conforme a las reglas generales del proceso verbal.
Las anotaciones requieren plan Profesional.
Ver planesSolo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.