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LuqueLaw
Todas las normas
LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 88 · Artículo 88 — EFECTO JURIDICO

Art. 88

Artículo 88 — EFECTO JURIDICO

ARTICULO 88. EFECTO JURIDICO.

1o. Los aprendices gozan de todas las prestaciones y están sometidos a todas las normas del contrato de trabajo, con la única salvedad de que no están amparados por las del salario mínimo.

2o. Para todos los efectos legales el contrato de trabajo se entiende iniciado desde que comienza el aprendizaje.

TITULO III.

CONTRATO DE TRABAJO CON DETERMINADOS TRABAJADORES.

CAPITULO I.

TRABAJO A DOMICILIO.

Las anotaciones requieren plan Profesional.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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