Art. 63
Article 63 — Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las ti…
Artículo 63. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
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