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Constitución Política de Colombia de 1991

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Constitución Política de Colombia de 1991. Texto oficial consolidado de SUIN-Juriscol. No es asesoría; confirma el texto vigente.

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Fuente oficialConstitución Política de Colombia (1991)

→ Art. 217

Art. 217

Artículo 217. La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aeroespacial.

Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.

La Ley determinará el sistema de reemplazos en las Fuerzas Militares, así como los ascensos, derechos y obligaciones de sus miembros y el régimen especial de carrera, prestacional y disciplinario, que les es propio.

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