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AdministrativoCódigo

CPACA

Ley 1437 de 2011 — actos administrativos, procedimiento y contencioso administrativo.

Fuente oficialLey 1437 de 2011 (CPACA)

Art. 123 · Artículo 123 — Sala Plena

Art. 123

Artículo 123 — Sala Plena

Artículo 123.Sala Plena. La Sala Plena de los Tribunales Administrativos ejercerá las siguientes funciones:

1. Elegir los jueces de lo contencioso administrativo de listas que, conforme a las normas sobre carrera judicial le remita la Sala Administrativa del respectivo Consejo Seccional de la Judicatura.

2. Nominar los candidatos que han de integrar las ternas correspondientes a las elecciones de contralor departamental y de contralores distritales y municipales, dentro del mes inmediatamente anterior a la elección.

3. Hacer la evaluación del factor cualitativo de la calificación de servicios de los jueces del respectivo distrito judicial, que servirá de base para la calificación integral.

4. Dirimir los conflictos de competencias que surjan entre las secciones o subsecciones del mismo tribunal y aquellos que se susciten entre dos jueces administrativos del mismo distrito.

5. Las demás que le asigne la ley.

CAPÍTULO IV

De los Jueces Administrativos

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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