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4:59 p. m.

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AdministrativoCódigo

CPACA

Ley 1437 de 2011 — actos administrativos, procedimiento y contencioso administrativo.

Fuente oficialLey 1437 de 2011 (CPACA)

Art. 301 · Artículo 301 — Calidades

Art. 301

Artículo 301 — Calidades

Artículo 301.Calidades. Los procuradores delegados y judiciales deberán reunir las mismas calidades que se requieren para ser miembros de la corporación ante la cual habrán de actuar.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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