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Decreto 624 de 1989. Texto consolidado de la Compilación Jurídica DIAN, con vigencia, concordancias, jurisprudencia y doctrina. No es el Diario Oficial.

Texto consolidado de la Compilación Jurídica DIAN. No sustituye el Diario Oficial.

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Fuente oficialDecreto 624 de 1989 — Compilación Jurídica DIAN

Art. 576

Art. 576

Artículo modificado por el artículo 101 de la Ley 1607 de 2012. El nuevo texto es el siguiente: Deberán presentar la declaración de los contribuyentes con residencia en el exterior:

1. Las sucursales de sociedades extranjeras.

2. Los establecimientos permanentes de personas naturales no residentes o de personas jurídicas o entidades extranjeras, según el caso.

3. A falta de sucursales o de establecimientos permanentes, las sociedades subordinadas.

4. A falta de sucursales, establecimientos permanentes o subordinadas, el agente exclusivo de negocios.

5. Los factores de comercio, cuando dependan de personas naturales.

Si quienes quedan sujetos a esta obligación no la cumplieren, serán responsables por los impuestos que se dejaren de pagar.

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