Art. 513-5
ARTÍCULO 513-5. CAUSACIÓN DEL IMPUESTO A LAS BEBIDAS ULTRAPROCESADAS AZUCARADAS. El impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas se causa así:
PARÁGRAFO 1. El impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas de que trata el presente Capítulo constituye para el comprador un costo deducible en el impuesto sobre la renta como Mayor valor del bien, en los términos del artículo 115 de este Estatuto.
PARÁGRAFO 2. El impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas no genera impuestos descontables en el Impuesto sobre las ventas -IVA.
PARÁGRAFO 3. El impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas deberá estar discriminado en la factura de venta, independientemente de la discriminación que del impuesto sobre las ventas -IVA se haga en la misma.
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