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Decreto 624 de 1989. Impuestos administrados por la DIAN: renta, IVA, retención, procedimiento. Texto oficial compilado por Función Pública.

Fuente oficialDecreto 624 de 1989

Art. 513-9

Art. 513-9

ARTÍCULO 513-9. TARIFA DEL IMPUESTO A LOS PRODUCTOS COMESTIBLES ULTRAPROCCARES AÑADIDOS, SODIO Y/O GRASAS SATURADAS. La tarifa del impuesto será del diez por ciento (10%) en el año 2023, del quince por ciento (15% 0) en el año 2024 y del veinte por ciento (20%) a partir del año 2025.

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