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V · Artículo 34
Visa V Turismo
Exclusivamente para ocio, turismo o interés cultural. Útil cuando la exención de corta estancia no cubre la permanencia planeada.
¿Para quién?
Visitantes cuya nacionalidad exige visa de turismo, o nacionales exentos que necesitan una permanencia documentada más larga.
Requisitos clave
- Requisitos generales de visitante (art. 31)
- Prueba del propósito y medios para la permanencia
Vigencia / permanencia
Sujeto a autorización de Cancillería; los días de turismo bajo permiso se contabilizan aparte de la permanencia con visa.
Permiso de trabajo
No por defecto
Beneficiarios
Usually not for dependents as primary purpose.
Informativo — no constituye asesoría. Cancillería tiene facultad discrecional sobre cada solicitud.