Skip to content

3:54 PM

USD/COP 3,257

EUR/COP 3,724

LuqueLaw
All norms
ProceduralCode

General Code of Procedure

General procedural rules — claims, evidence, appeals, and enforcement.

Official sourceLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 337 · Article 337 — Oportunidad y legitimación para interponer el recurso

Art. 337

Article 337 — Oportunidad y legitimación para interponer el recurso

Artículo 337. Oportunidad y legitimación para interponer el recurso. El recurso podrá interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la sentencia. Sin embargo, cuando se haya pedido oportunamente adición, corrección o aclaración, o estas se hicieren de oficio, el término se contará desde el día siguiente al de la notificación de la providencia respectiva.

No podrá interponer el recurso quien no apeló de la sentencia de primer grado, cuando la proferida por el tribunal hubiere sido exclusivamente confirmatoria de aquella.

Annotations require a Professional plan.

View plans

For reference only. Colombian law changes; confirm the current official text before acting.

Article 337 — Oportunidad y legitimación para interponer el recurso · General Code of Procedure · Luque Law