Art. 346
Article 346 — Inadmisión de la demanda
Artículo 346. Inadmisión de la demanda. La demanda de casación será inadmisible en los siguientes casos:
1. Cuando no reúna los requisitos formales.
2. Cuando en la demanda se planteen cuestiones de hecho o de derecho que no fueron invocadas en las instancias.
A la Sala de Casación Civil le compete dictar el auto que inadmite la demanda. Contra este auto no procede recurso.
JURISPRUDENCIA [Mostrar]
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