Skip to content

5:13 PM

USD/COP 3,249

EUR/COP 3,715

LuqueLaw
All norms
ProceduralCode

General Code of Procedure

General procedural rules — claims, evidence, appeals, and enforcement.

Official sourceLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 18 · Article 18 — Competencia de los jueces civiles municipales en primera instancia

Art. 18

Article 18 — Competencia de los jueces civiles municipales en primera instancia

Artículo 18. Competencia de los jueces civiles municipales en primera instancia. Los jueces civiles municipales conocen en primera instancia:

1. De los procesos contenciosos de menor cuantía, incluso los originados en relaciones de naturaleza agraria, salvo los que correspondan a la jurisdicción contencioso administrativa.

También conocerán de los procesos contenciosos de menor cuantía por responsabilidad médica, de cualquier naturaleza y origen, sin consideración a las partes, salvo los que correspondan a la jurisdicción contencioso administrativa.

2. De los posesorios especiales que regula el Código Civil.

3. De los procesos especiales para el saneamiento de la titulación de la propiedad inmueble de que trata la Ley 1182 de 2008, o la que la modifique o sustituya.

4. De los procesos de sucesión de menor cuantía, sin perjuicio de la competencia atribuida por la ley a los notarios.

5. De las diligencias de apertura y publicación de testamento cerrado, o del otorgado ante cinco (5) testigos, y de la reducción a escrito de testamento verbal, sin perjuicio de la competencia atribuida por la ley a los notarios.

6. De la corrección, sustitución o adición de partidas de estado civil o de nombre o anotación del seudónimo en actas o folios del registro de aquel, sin perjuicio de la competencia atribuida por la ley a los notarios.

7. A prevención con los jueces civiles del circuito, de las peticiones sobre pruebas extraprocesales, sin consideración a la calidad de las personas interesadas, ni a la autoridad donde se hayan de aducir.

TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]

Annotations require a Professional plan.

View plans

For reference only. Colombian law changes; confirm the current official text before acting.

Article 18 — Competencia de los jueces civiles municipales en primera instancia · General Code of Procedure · Luque Law