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ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 352 · Artículo 352 — Procedencia

Art. 352

Artículo 352 — Procedencia

Artículo 352. Procedencia. Cuando el juez de primera instancia deniegue el recurso de apelación, el recurrente podrá interponer el de queja para que el superior lo conceda si fuere procedente. El mismo recurso procede cuando se deniegue el de casación.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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