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ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 130 · Artículo 130 — Rechazo de incidentes

Art. 130

Artículo 130 — Rechazo de incidentes

Artículo 130. Rechazo de incidentes. El juez rechazará de plano los incidentes que no estén expresamente autorizados por este código y los que se promuevan fuera de término o en contravención a lo dispuesto en el artículo 128. También rechazará el incidente cuando no reúna los requisitos formales.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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