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ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 131 · Artículo 131 — Cuestiones accesorias que se susciten en el curso de un incidente

Art. 131

Artículo 131 — Cuestiones accesorias que se susciten en el curso de un incidente

Artículo 131. Cuestiones accesorias que se susciten en el curso de un incidente. Cualquier cuestión accesoria que se suscite en el trámite de un incidente se resolverá dentro del mismo, para lo cual el juez podrá ordenar la práctica de pruebas.

CAPÍTULO II

Nulidades Procesales

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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