Skip to content

 

USD/COP —, EUR/COP —

Pagos
LuqueLaw
Todas las normas
ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Guardar en favoritos

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Leer de corrido →

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

→ Art. 8

Art. 8

Artículo 8°. Iniciación e impulso de los procesos. Los procesos solo podrán iniciarse a petición de parte, salvo los que la ley autoriza promover de oficio.

Con excepción de los casos expresamente señalados en la ley, los jueces deben adelantar los procesos por sí mismos y son responsables de cualquier demora que ocurra en ellos si es ocasionada por negligencia suya.

Cargando aparato…

Comentarios(0)

Inicia sesión para comentar Entrar

Sé el primero en comentar esta sección.

Artículos CLKR relacionados

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.