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ConstitucionalConstitución

Constitución Política de Colombia de 1991

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Fuente oficialConstitución Política de Colombia (1991)

Art. 249 · Artículo 249 — La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y…

Art. 249

Artículo 249 — La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y…

Artículo 249. La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y los demás funcionarios que determine la ley.

El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía administrativa y presupuestal.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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