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ConstitucionalConstitución

Constitución Política de Colombia de 1991

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Fuente oficialConstitución Política de Colombia (1991)

Art. 254 · Artículo 254 — El Consejo Superior de la Judicatura estará integrado por seis magistrados elegidos para un perío…

Art. 254

Artículo 254 — El Consejo Superior de la Judicatura estará integrado por seis magistrados elegidos para un perío…

Artículo 254. El Consejo Superior de la Judicatura estará integrado por seis magistrados elegidos para un período de ocho años, así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. ( Texto correspondiente a Sentencia 285 de 2016 )

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