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Decreto 624 de 1989. Impuestos administrados por la DIAN: renta, IVA, retención, procedimiento. Texto oficial compilado por Función Pública.

Fuente oficialDecreto 624 de 1989

Art. 613

Art. 613

ARTÍCULO 613. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VENDEDORES . Los responsables del impuesto sobre las ventas, deberán inscribirse de conformidad con lo señalado en el Artículo 507.

Quienes se acojan al régimen simplificado deberán informarlo según lo señalado en el Artículo 508.

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