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MigratorioResolución

Resolución 2357 de 2020 (Obligaciones y Sanciones)

Criterios para obligaciones migratorias (SIRE) y procedimiento sancionatorio de Migración Colombia.

Fuente oficialResolución 2357 de 2020 — Migración Colombia

Art. 34 · Artículo 34 — SALVOCONDUCTO

Art. 34

Artículo 34 — SALVOCONDUCTO

ARTÍCULO 34. SALVOCONDUCTO. Sin perjuicio de lo establecido en el numeral 2 del artículo 17 del Decreto 4062 de 2011, facúltese los Grupos de Verificación Migratoria de las Regionales para expedir salvoconductos tipo SC-1 por cancelación de permisos, por ejecución de medidas migratorias de deportación o expulsión, cuya temporalidad deberá ajustarse a lo dispuesto en el Decreto 1067 de 2015, artículo 2.2.1.11.4.9 o las normas que la modifiquen o remplacen, el cual no tendrá costo.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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