Art. 82
Article 82 — Presúmese tambien el domicilio, de la manifestación que se haga ante el respectivo Prefecto o Cor…
Artículo 82. Presúmese tambien el domicilio, de la manifestación que se haga ante el respectivo Prefecto o Correjidor, del ánimo de avecindarse en un determinado distrito.
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