Art. 7
Article 7 — Traspaso de Visa
Artículo 7°. Traspaso de Visa. Los extranjeros que realicen traspaso de visa solo deberán realizar el registro de extranjeros, siempre y cuando no se modifiquen los datos de la Cédula de Extranjería. De no ser así, se deberá tramitar una nueva Cédula de Extranjería con los correspondientes datos.
Annotations require a Professional plan.
View plans