Skip to content

 

USD/COP —, EUR/COP —

Pagos
LuqueLaw
Todas las normas
ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Guardar en favoritos

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Leer de corrido →

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

→ Art. 187

Art. 187

Artículo 187. Testimonio para fines judiciales. Quien pretenda aducir en un proceso el testimonio de una persona podrá pedir que se le reciba declaración anticipada con o sin citación de la contraparte.

La citación al testigo se hará por cualquier medio de comunicación expedito e idóneo, dejando constancia de ello en el expediente. Cuando esté impedido para concurrir al despacho, se le prevendrá para que permanezca en el lugar donde se encuentre y allí se le recibirá declaración.

Cargando aparato…

Comentarios(0)

Inicia sesión para comentar Entrar

Sé el primero en comentar esta sección.

Artículos CLKR relacionados

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.