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LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 166 · Artículo 166 — TRABAJO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD

Art. 166

Artículo 166 — TRABAJO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD

ARTICULO 166. TRABAJO SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD. También puede elevarse el límite máximo de horas de trabajo establecido en el artículo 162, en aquellas labores que por razón de su misma naturaleza necesiten ser atendidas sin solución de continuidad, por turnos sucesivos de trabajadores, pero en tales casos las horas de trabajo no pueden exceder de cincuenta y seis (56) en los días hábiles de la semana.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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