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LuqueLaw
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LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 2 · Artículo 2 — La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descan…

Art. 2

Artículo 2 — La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descan…

ARTÍCULO 2. La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descanso dominical, pero sin que haya lugar a descuento alguno por falta al trabajo.

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LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

Artículo 2 — La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descan… · Código Sustantivo del Trabajo · Luque Law