Art. 230
Artículo 230 — Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley
Artículo 230. Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley.
La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial.
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