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Decreto 624 de 1989. Impuestos administrados por la DIAN: renta, IVA, retención, procedimiento. Texto oficial compilado por Función Pública.

Fuente oficialDecreto 624 de 1989

Art. 712

Art. 712

ARTÍCULO 712 CONTENIDO DE LA LIQUIDACIÓN DE REVISIÓN . La liquidación de revisión, deberá contener:

a) Fecha: en caso de no indicarse, se tendrá como tal la de su notificación;

b) Período gravable a que corresponda;

c) Nombre o razón social del contribuyente;

d) Número de identificación tributaria;

e) Bases de cuantificación del tributo;

f) Monto de los tributos y sanciones a cargo del contribuyente

g) Explicación sumaria de las modificaciones efectuadas, en lo concerniente a la declaración;

h) Firma o sello del control manual o automatizado.

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