Art. 19
Article 19 — La valoración de la sanción atenderá los principios de proporcionalidad, objetividad y razonabili…
ARTÍCULO 19. La valoración de la sanción atenderá los principios de proporcionalidad, objetividad y razonabilidad, argumentando en el acto administrativo que decide, la descripción típica de los hechos atribuibles al sujeto de verificación también de los que le son favorables.
La motivación de la decisión deberá integrar el análisis de los deberes impuestos por la norma migratoria, los hechos constitutivos de infracción, la clasificación de la falta y si existen criterios para conmutar, atenuar, agravar o exonerar de la misma al sujeto de verificación.
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