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MigratorioResolución

Resolución 5477 de 2022 (Visas)

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Reglamentación de visas colombianas — referencia para categorías M, V, R y trámites migratorios.

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Fuente oficialResolución 5477 de 2022 — Cancillería

→ Art. 106

Art. 106

Artículo 106. Requisitos para el traspaso de visa. Para el procedimiento de traspaso de una Visa, el solicitante debe:

1. Cumplir con los requisitos generales de solicitud de visa;

2. Aportar copia de la visa que desea traspasar y de la cédula de extranjería correspondiente, cuando aplique;

3. Aportar certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia;

4. Aportar documento que certifique o acredite la vigencia de las circunstancias o condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la visa. Este requisito no aplica para el traspaso de la visa Residente Permanente (R);

5. Aportar carta en la que se manifieste el motivo del traspaso;

6. Los titulares principales y beneficiarios de visa previa de Residente Permanente (R) que no solicitaren su traspaso antes de su expiración, deberán aportar salvoconducto.

TÍTULO IV

DE LA TERMINACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA VISA

CAPÍTULO 1

Terminación de la visa

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