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LuqueLaw
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LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 107 · Artículo 107 — EFECTO JURIDICO

Art. 107

Artículo 107 — EFECTO JURIDICO

ARTICULO 107. EFECTO JURIDICO. El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento, salvo estipulación en contrario, que, sin embargo, sólo puede ser favorable al trabajador.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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