Art. 307
Artículo 307 — CARACTER JURIDICO
ARTICULO 307. CARACTER JURIDICO. La prima anual no es salario, ni se computará como factor del salario en ningún caso.
JURISPRUDENCIA [Mostrar]
Las anotaciones requieren plan Profesional.
Ver planesMedellín · mar, 21 de jul9:52 a. m.
9:52 a. m.
USD/COP 3.257
EUR/COP 3.724
Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.
Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)
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Art. 307
ARTICULO 307. CARACTER JURIDICO. La prima anual no es salario, ni se computará como factor del salario en ningún caso.
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Ver planesSolo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.