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LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 324 · Artículo 324 — COMISIONES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

Art. 324

Artículo 324 — COMISIONES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

ARTICULO 324. COMISIONES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. En las empresas en donde existan comisiones de conciliación y arbitraje, la determinación y clasificación de una incapacidad se hará con base en el dictamen del médico industrial asesor de la comisión.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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