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Decreto 624 de 1989. Impuestos administrados por la DIAN: renta, IVA, retención, procedimiento. Texto oficial compilado por Función Pública.

Fuente oficialDecreto 624 de 1989

Art. 521

Art. 521

ARTÍCULO 521 DOCUMENTOS PRIVADOS SOMETIDOS AL IMPUESTO DE TIMBRE, CUALQUIERA FUERE SU CUANTÍA. Los siguientes documentos están sujetos al impuesto de timbre cualquiera que fuere su cuantía y pagarán las sumas indicadas en cada caso:

a. Los cheques que deban pagarse en Colombia: un peso ($ 1), (valor año base 1992), por cada uno;

b. Los bonos nominativos y al portador: el medio por ciento (0.5%) sobre su valor nominal;

c. Los certificados de depósito que expidan los almacenes generales de depósito: cien pesos ($ 100) (valor año base 1992), y

d. Las garantías otorgadas por los establecimientos de crédito, causan el impuesto al medio por ciento (0.5%), por una sola vez, sobre el valor de la comisión o prima, recibidos por la entidad garante".

( Modificado por el Art. 37 de la Ley 6 de 1992 )

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