Skip to content

 

USD/COP 3.157, EUR/COP 3.665

Pagos
LuqueLaw
Todas las normas
MigratorioResolución

Resolución 2061 de 2020 (Trámites de Extranjería)

Guardar en favoritos

Resolución Única de Trámites de Migración Colombia — registro, cédula de extranjería, PTP/prórrogas, salvoconductos y CMM.

Leer de corrido

Fuente oficialResolución 2061 de 2020 — Migración Colombia

Art. 13

Art. 13

Artículo 13. Excepciones para el Pago por Derechos a la Expedición de Cédula de Extranjería. Las circunstancias en las que no procederá el pago por los derechos de expedición de la Cédula de Extranjería o se hará por un monto diferente, son las siguientes:

NOMBRE DE LA EXCEPCIÓN

Valor

ECUADOR- Cédulas de Extranjería (Expedición por primera vez)

USD 5

ECUADOR- Cédulas de Extranjería (Renovación)

USD10

ECUADOR- Cédulas de Extranjería (Duplicado por Pérdida)

USD15

PERÚ - CE - Becarios de la Alianza del Pacífico.

COP$ .00

MÉXICO - CE - Becarios de la Alianza del Pacífico

COP$ .00

MC - CE - Razones humanitarias motivadas[6].

COP$ .00

Parágrafo. Las circunstancias establecidas en el presente artículo podrán ser modificadas por actos administrativos internos o acuerdos internacionales.

Comentarios(0)

Inicia sesión para comentar Entrar

Sé el primero en comentar esta sección.

Artículos CLKR relacionados

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.