Art. 32
Article 32 — Solicitud con respaldo de persona jurídica
Artículo 32. Solicitud con respaldo de persona jurídica. La Visa tipo V deberá ser solicitada directamente por la persona jurídica responsable en Colombia del solicitante, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Presentar comunicación motivada suscrita directamente por el representante legal de la persona jurídica actuando en nombre de esta, que contenga claramente la siguiente información:
a. Identificación plena de la persona jurídica señalando el NIT en caso de estar constituida en Colombia y datos de contacto.
b. Identificación completa del extranjero.
c. Carta del representante legal de la persona jurídica que respalda la solicitud en la que se señale la actividad que el extranjero se propone realizar en Colombia, su duración, el tipo de relación o vínculo de la persona jurídica con el extranjero y señalando quién asume la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en el territorio nacional. En dicha comunicación también se deberán anotar los datos de otros ciudadanos extranjeros a quienes la empresa o persona jurídica haya respaldado. La persona jurídica deberá comprometerse, además, ante el Gobierno nacional a garantizar el regreso del extranjero a su país de origen o a informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional.
d. Explicación de la relación o tipo de vínculo con el extranjero para quien se solicita la visa y de la especial cualificación o experticia de este, en caso de haberla.
e. Declaración de responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en Colombia, en la cual además la persona jurídica asuma el compromiso de informar a la Autoridad de Visas e Inmigración inmediatamente ocurra cualquier cambio en las condiciones por las cuales se otorgó la visa. de garantizar el regreso del extranjero a su país de origen y de informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional. Esta declaración deberá estar firmada a mano alzada y con huella digital del índice derecho o izquierdo, o pulgar derecho o izquierdo: o ante autoridad competente extranjera en cuyo caso deberá ser apostillada o legalizado, según corresponda;
2. Cuando la persona jurídica que respalda la solicitud sea privada y constituida en el extranjero, se deberá aportar certificado de existencia, incorporación o constitución y representación legal o documento que haga sus veces, con las formalidades previstas para la presentación de los documentos extranjeros enunciadas en esta resolución;
3. Acreditar solvencia económica de la persona jurídica mediante extractos bancarios correspondientes a los tres (3) meses previos a la solicitud. Cuando se trate de entidad pública no será necesario cumplir con este requisito;
4. En el caso de los solicitantes de Visa V para Nómadas Digitales, Emprendedores y Trabajadores remotos, se aceptarán como respaldo las comunicaciones en español o en inglés, expedidas por la empresa extranjera para la cual preste sus servicios, en la que se indique el tipo de vínculo y el tipo de remuneración que recibe el solicitante. En todo caso, el solicitante deberá demostrar mediante extractos bancarios que cuenta con ingresos mínimos equivalentes a tres (3) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (smlmv).
Sección 2
Categorías previstas para la visa de Visitante (V) Requisitos específicos,
vigencias y características
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