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MigratorioResolución

Resolución 2061 de 2020 (Trámites de Extranjería)

Resolución Única de Trámites de Migración Colombia — registro, cédula de extranjería, PTP/prórrogas, salvoconductos y CMM.

Fuente oficialResolución 2061 de 2020 — Migración Colombia

Art. 32 · Artículo 32 — Excepciones para el Pago por Derechos del Trámite de Certificados de Movimientos Migratorios

Art. 32

Artículo 32 — Excepciones para el Pago por Derechos del Trámite de Certificados de Movimientos Migratorios

Artículo 32. Excepciones para el Pago por Derechos del Trámite de Certificados de Movimientos Migratorios. Las circunstancias en las que no procederá el pago por los derechos de expedición del Certificado de Movimientos, son los siguientes:

NOMBRE DE LA EXCEPCIÓN

Valor

ECUADOR - CMM

USD 5

ERROR INTERNO

COP$ .00

SOLICITUD DE AUTORIDADES

COP$ .00

Parágrafo. Las circunstancias establecidas en el presente artículo podrán ser modificadas por actos administrativos internos o acuerdos internacionales.

Las anotaciones requieren plan Profesional.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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