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Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 201 · Artículo 201 — Conforme a la Sentencia C-829 de 2001,debe entenderse derogada por el Código de Procedimiento Civ…

Art. 201

Artículo 201 — Conforme a la Sentencia C-829 de 2001,debe entenderse derogada por el Código de Procedimiento Civ…

Artículo 201. Conforme a la Sentencia C-829 de 2001,debe entenderse derogada por el Código de Procedimiento Civil, que regula de manera íntegra el proceso de separación de bienes.

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