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ConstitucionalConstitución

Constitución Política de Colombia de 1991

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Fuente oficialConstitución Política de Colombia (1991)

Art. 146 · Artículo 146 — En el Congreso pleno, en las Cámaras y en sus comisiones permanentes, las decisiones se tomarán p…

Art. 146

Artículo 146 — En el Congreso pleno, en las Cámaras y en sus comisiones permanentes, las decisiones se tomarán p…

Artículo 146. En el Congreso pleno, en las Cámaras y en sus comisiones permanentes, las decisiones se tomarán por la mayoría de los votos de los asistentes, salvo que la Constitución exija expresamente una mayoría especial.

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Artículo 146 — En el Congreso pleno, en las Cámaras y en sus comisiones permanentes, las decisiones se tomarán p… · Constitución Política de Colombia de 1991 · Luque Law