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Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 2030 · Artículo 2030 — El inquilino es, ademas, obligado a mantener las paredes, pavimentos i demas partes interiores de…

Art. 2030

Artículo 2030 — El inquilino es, ademas, obligado a mantener las paredes, pavimentos i demas partes interiores de…

Artículo 2030. El inquilino es, ademas, obligado a mantener las paredes, pavimentos i demas partes interiores del edificio medianamente aseadas; a mantener limpios los pozos, acequias i cañerías, i a deshollinar las chimeneas.

La neglijencia grave bajo cualquiera de estos respectos dará derecho al arrendador para indemnizacion de perjuicios, i aun para hacer cesar inmediatamente el arriendo en casos graves.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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