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V · Artículo 57

Visa V Casos no previstos

Esta visa se otorgará para casos y circunstancias no previstas en la presente resolución, de manera excepcional y previa valoración de la Autoridad de Visas e Inmigración.

¿Para quién?

Solicitantes que cumplan el propósito específico de la categoría en la Resolución 5477.

Checklist de solicitud

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Pregunta aquí

Se guarda en este navegador. No se envía a Cancillería ni a Luque Law.

Vigencia / permanencia

Vigencia y permanencia las fija Cancillería en cada autorización.

Permiso de trabajo

Según las reglas de la categoría en la Resolución 5477.

Beneficiarios

Según las reglas de la categoría — verifique antes de una radicación familiar.

Informativo — no constituye asesoría. Cancillería tiene facultad discrecional sobre cada solicitud. Verifique el listado vigente de nacionalidades y el texto oficial antes de radicar.