← Volver al catálogo
V · Artículo 57
Visa V Casos no previstos
Esta visa se otorgará para casos y circunstancias no previstas en la presente resolución, de manera excepcional y previa valoración de la Autoridad de Visas e Inmigración.
¿Para quién?
Solicitantes que cumplan el propósito específico de la categoría en la Resolución 5477.
Checklist de solicitud
Vigencia / permanencia
Vigencia y permanencia las fija Cancillería en cada autorización.
Permiso de trabajo
Según las reglas de la categoría en la Resolución 5477.
Beneficiarios
Según las reglas de la categoría — verifique antes de una radicación familiar.
Informativo — no constituye asesoría. Cancillería tiene facultad discrecional sobre cada solicitud. Verifique el listado vigente de nacionalidades y el texto oficial antes de radicar.