V · Artículo 51
Visa V Oficiales no acreditados
Para desempeñarse como oficial representante comercial de gobierno de Estado o territorio extranjero, o de agencia gubernamental especializada, en misión que no implique acreditación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Para quién?
Solicitantes que cumplan el propósito específico de la categoría en la Resolución 5477.
Checklist de solicitud
Vigencia / permanencia
Vigencia y permanencia las fija Cancillería en cada autorización.
Permiso de trabajo
Según las reglas de la categoría en la Resolución 5477.
Beneficiarios
Según las reglas de la categoría — verifique antes de una radicación familiar.
Informativo — no constituye asesoría. Cancillería tiene facultad discrecional sobre cada solicitud. Verifique el listado vigente de nacionalidades y el texto oficial antes de radicar.